El encuentro contó con destacados especialistas argentinos, que de forma virtual, analizaron los problemas en torno al órgano de selección de jueces en el país. Instaron a un mayor equilibrio y a mejorar la escuela de formación judicial como parte de las iniciativas por realizar.
Por Mariana Badeni 19.11.2020
La Asociación Argentina de Derecho Constitucional, presidida por el abogado constitucionalista Daniel Sabsay, realizó una nueva edición de la Jornada de Diálogos Constitucionales que durante este año de pandemia viene desarrollando de manera virtual. En esta oportunidad la consigna para analizar fue «¿Qué Consejo de la Magistratura necesitamos?» y fue organizado por el abogado Emilio Rosatti, profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad del Litoral y de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Santa Fe.
Entre los disertantes estuvo el doctor en Derecho Mario Midon quien señaló en la apertura de las exposiciones su desconformidad con los cambios que se le realizaron al orden representativo dentro del Consejo de la Magistratura. «De allí con una igualdad puramente aritmética, como si se tratara de un cálculo algorítmico se recortaron dos lugares al poder legislativo, que es el más sobre representado, dos a la representación abogadil, dos a los emanados de la magistratura y uno al ámbito académico. El simplismo que se haya ensayado resulta totalmente asimétrico al fundarse en una regla que consistió en quitar más a quien menos tenía en términos de proporción. Una suerte de efecto Mateo, pero no vivo sino institucional», enfatizó el orador.
JUECES
Acto seguido, la abogada Soledad Gennari, vocal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén y titular de la Oficina de la Mujer, disertó sobre su parecer respecto al interrogante central del encuentro. Los puntos destacados de su conferencia fueron:
- «Esta es una pregunta que interpela sobre todo a los que integramos el Poder Judicial. Porque podemos usar esta interrogante para preguntar no solo qué tipo de Consejo de la Magistratura necesitamos, sino que tenemos que reconocer que esta pregunta está vinculada a qué tipo de jueces o magistratura necesitamos. Esta pregunta nos va a llevar a responder otra interrogante que es por qué hoy el poder judicial, el Consejo de la Magistratura y la magistratura no tenemos que hacer cargo del que el Poder Judicial enfrenta una crisis de legitimidad».
- «Esta crisis motivó, entre otras cuestiones, el dictado de códigos de ética como el Iberoamericano, que reafirma ciertos principios y hace acuerdos. Pero creo que tomar razón de esta crisis de legitimidad tiene que ser una responsabilidad compartida no solo entre el Poder Judicial, sino también, con el Consejo de la Magistratura».
- «Es necesario que a raíz de esa interpelación de hacernos cargo de la crisis de legitimidad y de manera compartida podamos revisar no sólo la composición de los Consejos de la Magistratura sino también la forma de evaluación».
- «Es necesarios revertir la falta de perspectiva de género, de vulnerabilidad, de derechos humanos y consideraciones por aplicación neutral o muy abstracta de algunas normas. Y es ahí donde pienso un Consejo de la Magistratura que se haga cargo, también en conjunto del Poder Judicial, que no pierda protagonismo y comience a pensar, yo no diría tanto en el escenario de la integración, composición o de los equilibrios, sino que comenzaría a repensar los procesos de evaluación».
INJERTO
Luego, el abogado Hugo Prieto, profesor de Derecho público provincial y municipal de la Universidad Nacional del Comahue y quien fuera Convencional constituyente nacional (1994) y provincial (Neuquén, 2006) tuvo la palabra en el encuentro virtual.
- «El doctor Sagues, más o menos contemporáneamente con la sanción de la reforma de 1994, decía que el Consejo de la Magistratura era un dispositivo tendiente a resolver esas crisis de legitimidad de la que ya por entonces tenía el Poder Judicial y se vinculaba tanto con la calidad, eficiencia e imparcialidad. Eso se le achacaba al sistema de designación política que tenía nuestra Constitución y que creo que sigue teniendo».
- «El Consejo de la Magistratura claramente es, sin un sentido peyorativo, un injerto en nuestro sistema. Nosotros tenemos un sistema de división de poderes rígido y estricto de frenos y contrapesos que más allá que no funciona y fue diseñado en su momento, básicamente, por la intromisión de los partidos políticos que tergiversan al sistema, sea para bien o mal»».
- «Está claro que es un injerto porque los Consejos de las Magistraturas tienen su origen en los sistemas de administración de Justicia, es decir, donde los jueces no tienen, como sucede en los Estados Unidos y en nuestro país, poder político. De dónde deviene el poder político de los jueces puede del control de constitucionalidad de la posibilidad de que una decisión mayoritaria sea dejada sin efecto por cualquier juez de cualquier instancia y de cualquier jurisdicción del país».
- *»Quiero contestar a la interrogante que plantea el título de la charla sobre qué Consejo necesitamos. Primero, uno compatible con el diseño institucional. Con lo cual ustedes dirán hay que cambiar el Consejo o suprimirlo o hacer otra cosa. En mi opinión hay que cambiar el sistema presidencialista y hay que buscar un sistema que tenga centralidad en el parlamento por diversas cuestiones, pero básicamente por razones de eficiencia y del sistema democrático».
- «Segundo, sea reconocido como organismo extra poder. Creo que el sistema de equilibrio, por esta cuestión de la legitimación democrática que requiere la designación de jueces me parece que la mayoría de la composición del Consejo tiene que ser de origen de los poderes representativos. Y que los otros sectores que necesariamente tiene que estar integrándolos deben ser pensados, en cuanto a su cantidad, en función de cuanto aportan como estamento funcionalmente para la mejor selección de los jueces de la República».
CONSTITUYENTES
Por su parte, la abogada Marina Sánchez Herrero, miembro del Consejo de la Magistratura y profesora de Derecho Administrativo ,destacó la necesidad de volver al concepto original que tuvieron los constituyentes en 1994.
- *«Sería ideal volver a ese concepto primigenio que tuvo el constituyente del 94. Luego de ahí podemos hacer múltiples análisis sobre hacia dónde mejorarlo o cómo adecuarlo a las estructuras de las instituciones que nosotros tenemos porque como bien han dicho se ha traído de otros modelos que probablemente cuestan más insertarlos en nuestra estructura o en nuestro concepto. Que no es el único organismo que nosotros hemos traído y que hemos insertado en una multiplicidad de otras instituciones u organismos que nos han costado que funcionen natural y coordinadamente».
- «Debemos volver a los que los constituyentes quisieron. Yendo a ellos y a la historia del 83 para acá, me parece que lo que paso en el 94 es que se profundizó el concepto de republica al pensarse el Consejo de la Magistratura. Esto es porque hasta el 94 o por lo menos partir del 83 estaba como afectado socialmente que los políticos se encargaran con lo que tenía que ver con la designación de los jueces. Y era algo constitucional que estaba basado en un concepto de soberanía. Es decir, si quienes lo elegían eran los representantes del pueblo pues entonces podían avanzar sobre la designación de los jueces y eso tenía una legitimidad social. Pero ésta se fue quebrando y por eso se fue cuestionada cuál es la independencia del Poder Judicial en esta intromisión de la política en el nombramiento. Por supuesto también estaba la cuestión disciplinaria».
- «Lo primero que tenemos que reconocer fue que la dirigencia política de esa época entendió que debía autolimitarse; quitarse esas potestades constitucionales que tenía; y otorgarlo a un organismo distinto. Este tenía que funcionar con todos los actores del sistema. Porque tenían esas potestades y ellos, que fue la dirigencia política, decidió resignarla para que los abogados, el Poder Judicial, la academia conjuntamente con ellos pudiéramos llevar adelante tres funciones esenciales: la profesionalización de la designación de los jueces, la cuestión disciplinaria y la administración del presupuesto del Poder Judicial».
- «Hay 4 puntos para analizar sobre a qué es lo que tenemos que volver. El primero es el equilibrio; luego siguen la representación, la administración y el vínculo con la corte. Así, el equilibrio se refiere a no coptar y dominar la voluntad del organismo, cosa que hoy no sucede porque hay un estamento político extendido, diputados, senadores y representantes del ejecutivo, que hoy tiene la voluntad simple del organismo, algo que casualmente el constituyente no quiso».
- *»Entonces en la búsqueda del equilibrio, que, por supuesto no representa igualdad, hoy tenemos un profundo retroceso que fue una degradación legislativa ciertamente llevada adelante por la misma visión ideológica y el mismo espacio, que fue la degradación del concepto de equilibrio que imagino el constituyente, en que no todos pueden ser lo mismo, pero nadie puede tener la voluntad por sí».
- «Lo segundo es la representación y acá es algo que nos incumbe a los abogados litigantes porque en esta modificación que se hizo se vulneraron dos ejes: uno fue la mirada federal del Consejo de la Magistratura de la Nación. Aclaro que también cuando se perdió el equilibrio no solo se permite que determinados estamentos tengan la voluntad simple, que fue exactamente lo que no se quiso, sino que también se vulneró la participación de las primeras minorías. Porque al atacar la representación se atacó las minorías. Entonces se vulneró el equilibrio en dos ejes centrales y atentó contra la naturaleza misma del organismo».
- «La representación, como ejemplo pongo que los abogados, que es la mirada más universal que se tiene sobre el sistema. Ahora bien, que haya en el Consejo un abogado por todos los abogados de las provincias del país y un representante por la Capital díganme si no se vulneró esa mirada federal que tenía que tener el Consejo y que está dejando de tener. Además, que hayan sacado a los abogados de un tema tan central como es la búsqueda del perfil del juez que necesita la Justicia, es algo que debe cambiarse».
- «La administración me parece que claramente es un tema central. El Consejo llega al mes de agosto con la asignación presupuestaria dada por el congreso a partir de ahí pide asistencia y sucede todos los años. Yo me he manifestado en contra de la reforma de la Justicia porque no resuelve entre otras cosas esta cuestión presupuestaria del Poder Judicial. Probablemente como disparador también se podría pensar si la administración tiene que ser un trabajo conjunto con la Corte suprema, que es un tema profundamente debatido».
MODIFICACIONES
La siguiente disertante fue la abogada Magalí Miranda, Especialista en derecho judicial (Universidad Católica de Córdoba), magister en argumentación jurídica (Universidad de Alicante), doctorado en Derecho en la Universidad Nacional de Córdoba, profesora de Derecho Constitucional y Derecho Político (Universidad Nacional de Córdoba y Universidad Católica de Córdoba). Los puntos destacados de su conferencia fueron:
- «Hacer la pregunta sobre qué Consejo de la Magistratura necesitamos nos permite identificar un punto de partida que creo que todos tenemos en común y que es que el diseño o funcionamiento actual que tiene este instituto requiere modificaciones».
- «Para poder hacer un diagnóstico serio de la institución y pensar las medidas para mejorar el funcionamiento tenemos que pensar en qué pensaban los constituyentes en su elaboración y cuál es el déficit que se buscaba solucionar. Todos sabemos que el objetivo de la reforma era despolitizar el nombramiento de los jueces inferiores para reforzar la independencia judicial».
- «La función del Consejo tiene que ver con selección, administración, ejecución presupuesto, facultades disciplinarias, suspensión, acusación y la organización judicial. El tratamiento que se piensa en cada uno de estos aspectos por la legislación, por la jurisprudencia y por quienes participan en la vida de la institución ha sido y es objeto permanente de controversia. A su vez por la composición opera necesariamente como una variable adicional que puede modificar la participación de cada una de estas funciones. De modo que se trata de una institución que pretende regular un fenómeno bastante complejo, a dónde interactúan diversos sectores del poder, y sobre todo de un pensar que fue una institución creada para garantizar mejores jueces en la República».
- «Para enfrentar el problema institucional que tienen estas prácticas indebidas creo que es mejor contar con mejores jueces desde el inicio, que estén en mejores condiciones de someter su riguroso criterio a la coyuntura y decidir activar los mecanismos correspondientes en su caso. Porque de lo contrario, ese deber ser de los jueces, ese conflicto, se traslada directamente a las manos de un órgano político, al menos en su actual composición, donde la vara para medir si existió o no una influencia indebida, que compromete la independencia, no tiene que ver con una introspección del juez sino con los avatares políticos y sus claramente imponderables».
CONSTITUCION
El último disertante fue el doctor en Derecho Maximiliano Toricelli, actual profesor titular en la Universidad Nacional del Rosario. Durante su turno, el abogado resaltó la desigualdad existente en la representación de los distintos sectores que conforman el Consejo de la Magistratura. A continuación, los puntos más destacados de su exposición.
- «¿Qué Consejo queremos? Me conformaría con uno como el que diseñó la Constitución Nacional. Por lo menos que probemos si lo que hizo está bien o mal. Porque lo que se quiso establecer desde la constitución fue la pluralidad. La legitimización de los jueces no tiene que ver con un sistema electivo sino con su función. Si ellos cumplen el sentido de la funcionalidad democrática basado en el control de constitucionalidad, tiene toda la legitimidad».
- «Ahora, cuando se modifica la Ley 26.080, es donde se debe procurar el equilibrio, es decir, la lógica es que hubiera un mayor equilibrio que el que tiene 45 trate de reducirse al 30 o al 33, y que el que tiene 20 o 25 vaya subiendo hasta alcanzar esta situación equilibrada. Pero lo que sucedió es que se termina rompiendo por completo cuando de los 9 integrantes del poder político pasan a tener 7, que es el 53 por ciento de representación dentro del Consejo, y con la diferencia que se modifica el quorum, que antes era del 60 por ciento».
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